miércoles, 14 de marzo de 2012

Decisión Suprema

Por raro que parezca, en la Argentina, los jueces deben indicar a los tribunales que cumplan las leyes existentes ...

Eso es lo que ha ocurrido en un fallo -que algunos califican de histórico- de la Corte Suprema de la Nación que sentó jurisprudencia del más alto nivel al publicar una sentencia en la que confirma que las mujeres víctimas de una violación pueden abortar sin que sean punibles ni ellas ni los médicos que lo practiquen y sienta jurisprudencia respecto a que no será necesaria la autorización judicial previa.

Esta salvedad ya estaba en el Código Penal, pero habia desconfiados -mayormente en las provincias- que temían por su cargo si realizaba esta intervención sin autorización judicial así que las cosas no eran sencillas para las víctimas de las violaciones que añadían a sus padecimientos la búsqueda -muchas veces infructuosa- de un médico dispuesto a ayudarlas. 
Unimos nuestros deseos a los del Tribunal que instó a  "implementar y hacer operativos, mediante normas del más alto nivel, en los términos aquí sentados, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos no punibles y para la asistencia integral de toda víctima de violencia sexual".
Sabemos que hay quienes por "motivos religiosos" se oponen y que harán lo posible para obstaculizar lo indicado en este fallo, pero es un indudable avance.

Los supremos que han corrido el riesgo de excomunión